Este sitio utiliza cookies, propias y de terceros, para dar un mejor servicio. Si continuas navegando entendemos que aceptas nuestra política de cookies.
PSE LASARTE-ORIA

PSE-EE PSOE Euskal Sozialistak

Noticias

compartir  compartir

  •   EFICIENCIA ENERGÉTICA

El ayuntamiento destina 60.000 euros para obras de mejora de la eficiencia energética en las viviendas

Las ayudas están destinadas a la mejora de los sistemas de calefacción y calentamiento de agua de las comunidades de propietarios (hasta 6.000 euros) o a la sustitución de calderas o ventanas en viviendas particulares (hasta 400 ó 1200 euros).

Foto 1

El alcalde y concejal de Urbanismo, Agustín Valdivia, ha presentado las ayudas que se publican esta semana y cuyo objeto responde a la necesidad de mantener una política activa en materia de rehabilitación de viviendas que fomente la rehabilitación energética de los edificios. 

 
El parque de edificios existentes consume en torno al 30 % de la energía final, por lo que la rehabilitación energética del mismo figura como medida prioritaria en el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2021-2030, en el que se ha fijado como objetivo rehabilitar energéticamente 1.200.000 viviendas en 2030. Este objetivo, asimismo, ha sido recogido en la estrategia a largo plazo para la rehabilitación energética en el sector de la edificación en España. Si bien las ayudas de carácter estatal y autonómico se basan en la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, actuando en la envolvente térmica de los mismos, las presentes bases tienen como objeto actuaciones de menor escala que suponen, también, una mejora energética de las viviendas. 
 
Líneas de actuación 
 
En concreto las bases tienen cuatro líneas de actuación:
 
Ayudas para Comunidades de Propietarios 
 
· La instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante energía solar térmica. 
 
· La instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados. 
 
Ayudas para propietarios de viviendas 
 
· La sustitución de calderas individuales existentes por otras de gas natural de alto rendimiento. 
 
· Substitución de cerramientos acristalados (ventanas y puertas exteriores). 
 
Beneficiarios
 
 Podrán solicitar subvención: 
 
· Comunidades de propietarios y propietarias de edificios de tipología residencial colectiva en régimen de propiedad horizontal del inmueble sobre el que se propone la actuación. 
 
· Propietarias de vivienda en caso de ayudas a propietarias de vivienda. 
 
Requisitos 
 
Podrán solicitar ayudas aquellas obras realizadas en edificios cuya construcción haya finalizado antes del 1 de enero de 2000, quedando excluidos los edificios de tipología de villa unifamiliar o bifamiliar, aislada o adosada. 
 
En lo que respecta a 2020, podrán acceder a las ayudas todas aquellas actuaciones que conforme a las bases sean susceptibles de ser subvencionadas por cumplir con los requisitos exigidos en las mismas y su ejecución haya finalizado en el año 2020. Para estas actuaciones se destinan 20.000 euros. En lo que respecta a 2021, podrán acceder a las ayudas todas aquellas actuaciones que conforme a las bases sean susceptibles de ser subvencionadas por cumplir con los requisitos exigidos en las mismas y su ejecución finalice antes del 31 de octubre de 2021. Para estas actuaciones se destinan 40.000 euros. 
 
Cuantía de las ayudas Ayudas para Comunidades de Propietarios 
 
· La instalación de un sistema de producción de agua caliente sanitaria (ACS) mediante energía solar térmica. La cuantía total de la ayuda será del 10% del coste de la instalación, con un límite de 6.000 euros por Comunidad de Propietarios. El coste subvencionable incluirá tanto el coste de la instalación como los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos en el Anexo I. 
 
· La instalación de un sistema de calefacción y ACS centralizado con caldera de biomasa, u otros sistemas de energías renovables, que incluyan distribución para control de consumos individualizados La cuantía total de la ayuda será del 10% del coste de la instalación, con un límite de 6.000 euros por Comunidad de Propietarios. En el coste de la instalación se incluirán los costes de los proyectos técnicos necesarios para la instalación, siempre que se cumpla con los requisitos exigidos en el Anexo I. 
 
Ayudas para propietarios de viviendas 
 
· La substitución de calderas individuales existentes por otras de gas natural de alto rendimiento. Lacuantía total de la ayuda específica por la instalación de una nueva caldera a condensación en sustitución de otra caldera será de 400€, siempre que cumpla con los requisitos exigidos en el Anexo I.
 
· Sustitución de cerramientos acristalados. La cuantía total de la ayuda por la renovación de cerramientos acristalados será una subvención a fondo perdido del 30% del coste subvencionable de la inversión realizada por dicho concepto, siendo este coste máximo subvencionable por cada m² de ventana de 400 euros y, en todo caso, 1.200 euros el máximo de subvención por vivienda. En el cálculo del presupuesto protegible, se podrán incluir tanto los costes de las ventanas en su conjunto (marco, acristalamiento y cajón de la persiana), así como los costes de albañilería derivados de la instalación de las mismas.
 
Asimismo, no se considerará coste subvencionable:
 
· Las actuaciones conceptuadas como mera reparación o sustitución de algún componente de la carpintería exterior acristalada.
 
· La carpintería exterior acristalada que se coloquen con la finalidad de cerrar ambientes exteriores (terrazas y/o tendederos) y ampliar la superficie habitable de la vivienda, por no tratarse de renovaciones sino de modificaciones en la envolvente de la vivienda.
 
· Componentes tales como contraventanas o similares, motores de persiana, mosquiteras, tendederos, barandillas etc.
 
· Y en general, todos aquellos gastos que no estén claramente definidos o que no tengan por finalidad directa la consecución de la mejora energética de la vivienda.
 
Si se diera la circunstancia de que el número de solicitudes de subvención fuera tal que, en aplicación de los criterios anteriores, la suma de las cuantías máximas subvencionables rebasara la cantidad global prevista en el Presupuesto General del Ayuntamiento, dicha cantidad se distribuirá de forma proporcional entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos exigidos.
 
Plazo de presentación de las solicitudes
 
Para aquellas obras susceptibles de subvención conforme a estas bases finalizadas en el ejercicio 2020, el plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde la publicación en el Boletín oficial de Gipuzkoa de esta convocatoria.
 
Para aquellas obras susceptibles de subvención conforme a estas bases que finalicen antes de 31 octubre del año 2021:
 
· Si están finalizadas a la fecha de publicación de esta convocatoria, el plazo de presentación será también de un mes desde la entrada en vigor de las mismas.
 
· Si finalizan con posterioridad a la entrada en vigor de estas bases, antes del día 20 de noviembre de 2021.
 
Compatibilidad de las subvenciones
 
Las subvenciones objeto de estas bases serán compatibles con otras subvenciones de otras Administraciones Públicas, siempre que el importe total concedido no supere el 100% del coste real efectivo de la obra, reduciéndose la subvención, si esto ocurriese, hasta el límite máximo correspondiente.
 
Las subvenciones no serán compatibles con las ayudas para la rehabilitación energética de los edificios de Basaundi bailara.
 
 
Fuente: Ayuntamiento de Lasarte-Oria