Este sitio utiliza cookies, propias y de terceros, para dar un mejor servicio. Si continuas navegando entendemos que aceptas nuestra política de cookies.
PSE LASARTE-ORIA

PSE-EE PSOE Euskal Sozialistak

Noticias

compartir  compartir

  •   SOCIOECONOMIA

Aprobadas las bases que regulan las ayudas al comercio, la hostelería y los servicios personales por la crisis generada por la pandemia de la COVID-19.

El ayuntamiento de Lasarte-Oria ha aprobado las bases que regulan las condiciones para acceder a las ayudas de 500.000 euros para establecimientos de comercio, hostelería y servicios personales. La ayuda máxima por establecimiento es de 1.300 euros.

Foto 1

El alcalde de Lasarte-Oria, Agustín Valdivia, acompañado por la concejala de Socioeconomía, Nuria Fernández, han presentado las bases que regulan las ayudas de 500.000 euros para establecimientos de comercio, hostelería y servicios personales de hasta 15 trabajadores por cuenta ajena del municipio.

Valdivia ha explicado, que tras un proceso en el que se ha dado participación a todos los grupos políticos y técnicos municipales, por una parte, y a las asociaciones Aterpea y de Hostelería por otra, se ha llegado a estas bases que quieren ayudar al sector a superar la crisis ocasionada por la pandemia.

El alcalde indicó que esta convocatoria, de 500.000 euros tendrá dos líneas de ayudas, según la incidencia de la crisis en el negocio y diversos complementos a la ayuda base conforme a criterios como la igualdad, número de trabajadores, si el local es alquilado o se tiene una hipoteca. Además, indicó que las ayudas son compatible con cualquier otra concedida por Instituciones y Organismos Públicos o Privados.

Así mismo, el alcalde indicó que desde el 1 de abril, que realizó la primera reunión con Aterpea para recoger sus propuestas iniciales, se han realizado 3 reuniones con Aterpea, 3 con la Asociación de Hostelería, 2 reuniones conjuntas con ambas asociaciones, juntas de portavoces todas las semanas, una reunión de los grupos políticos con técnicos municipales y una comisión. En ellas se han recogido e informado de las diferentes peticiones del sector y de las propuestas de actuación conforme a nuestras posibilidades.

Como fruto de esas reuniones, y en respuesta a dichas peticiones, se decidió crear estas bases, incrementando su cuantía inicial de 125.000 euros a 500.000 euros. Además se ha tomado la decisión de bonificar al 100% las terrazas a la hostelería, ampliando su número y ocupación siempre que se ha podido, dando respuesta a más de 50 establecimientos.

Con respecto a la petición de cierre al tráfico de Kale Nagusia los fines de semana para instalar terrazas, se hicieron gestiones ante la Diputación Foral de Gipuzkoa para obtener su autorización, no siendo posible por las importantes afecciones al servicio de transporte interurbano, debido la peligrosidad del recorrido, la cancelación de algunas paradas y la necesidad de usar autobuses articulados para atender suficientemente a las personas usuarias del servicio, lo que hacía inviable la petición sin un perjuicio grave al transporte público..

La concejal de Socioeconomía, Nuria Fernández, ha explicado el contenido de las bases que tienen dos líneas, una de hasta 1.300 euros para aquellos establecimientos que acrediten el cese de actividad en autónomos o hayan visto reducidos sus ingresos en más del 75% en el mes de abril en relación al promedio de los seis meses anteriores al estado de alarma. La otra línea, cuya cuantía máxima es de 1.050 euros va dirigida a aquellos establecimientos en los que la reducción de ingresos haya sido entre el 50% y el 75%.

Cuantía de las ayudas

La cuantía fija de las ayudas será la siguiente:

  • Línea 1.- 750 euros
  • Línea 2.- 500 euros

A dichas cantidades se le añadirán los siguientes complementos:

  • Complemento de 200 euros si la persona beneficiaria es arrendataria del local de negocio en el que ejerce la actividad, o, tiene un préstamo hipotecario o personal por la compra del local de negocio en el que ejerce la actividad.
  • Complemento de 100 euros si la empresa tiene entre 1 y 5 trabajadores por cuenta ajena o complemento de 200 euros si la empresa tiene entre 6 y 15 trabajadores por cuenta ajena (para este requisito no computará la persona beneficiaria de la ayuda).
  • Complemento de 150 euros si al menos el 50% de la plantilla de trabajadores por cuenta ajena son mujeres.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de su aprobación, supeditado a lo que resulte del periodo de exposición pública de las mismas y a su entrada en vigor definitiva una vez publicada, junto con la convocatoria, en el BOG y finalizará 30 días naturales después de que sea declarado el final del estado de alarma.

Forma de presentación de solicitudes

Las solicitudes de subvenciones deberán presentarse en el modelo que se recoge en el anexo I, en las oficinas físicas creadas para ello en el Salón de actos de Villa Mirentxu, entrada por el patio de los naranjos. Para ello deberán llamar para coger cita previa o realizar consultas al teléfono 628.694.138. No sé atenderá a nadie sin cita previa.

También se podrán presentar telemáticamente a través de la página web del ayuntamiento: www.lasarte-oria.eus.

Documentación necesaria

Junto con el impreso de solicitud deberá presentarse la siguiente documentación:

  • DNI-NIE de la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma ó CIF o escritura de constitución de la empresa para la que se solicite la ayuda.
  • Una declaración jurada en la que se haga constar que cumplen los requisitos exigidos para causar derecho a esta prestación.
  • Si se solicita debido al cierre de empresa, Resolución del Cese de Actividad de Trabajadores Autónomos (CATA).
  • Si se solicita debido a la pérdida de ingresos, deberá aportar, si está disponible en ese momento, la información contable que lo justifique.
  • Si el solicitante ha accedido a cualquier otra línea de ayuda extraordinaria o subvención, convocada por el Estado, el Gobierno Vasco, la Diputación foral de Gipuzkoa o cualquier otro organismo público.

Justificación del gasto

Las justificaciones se presentarán hasta el 15 de octubre de 2020 siguiendo el mismo procedimiento realizado para la Solicitud.

Documentación a presentar en la justificación del gasto

Las personas beneficiarias de las ayudas deberán presentar, si así no lo han hecho en el momento de la solicitud, la siguiente documentación:

  1. Copia del libro de registro de facturas emitidas y recibidas; del libro diario de ingresos y gastos; del libro registro de ventas e ingresos; o del libro de compras y gastos. En el caso de los autónomos que no están obligados a llevar los citados documentos de contabilidad, se admitirá cualquier medio de prueba admitido en derecho. En su caso, y para las solicitudes de la línea 1 si el solicitante ha accedido a cualquier otra línea de ayuda extraordinaria o subvención, convocada por el Estado, el Gobierno Vasco, la Diputación foral de Gipuzkoa o cualquier otro organismo público, cuyos requisitos exigidos para la obtención de la ayuda (cierre o pérdidas del 75% o más de los ingresos), en todo o en parte, sean coincidentes con los que aquí se exigen, será suficiente que aporte la acreditación de haber recibido de dichas instituciones u organismos la concesión de la correspondiente ayuda, identificando claramente la línea de ayuda o subvención, el órgano concedente y los requisitos exigidos en la misma, no siendo necesario en este caso aportar los referidos libros o cualquier otro justificante señalado.

      2. Para los complementos de la ayuda solicitados:

a. Por tener en arrendamiento el local de negocio en el que ejerce la actividad:

b. Contrato de arrendamiento de local de negocio y facturas de los 2 últimos meses anteriores al cierre y justificantes de pago.

c. Por tener préstamo hipotecario o personal por la compra del local de negocio en el que ejerce la actividad:

d. Escrituras de propiedad y de formalización del préstamo hipotecario o personal, así como justificantes de pago de las cuotas de los 2 últimos meses anteriores al cierre.

e. Por el número de personas trabajadoras a 14 de marzo de 2020: relación nominal de trabajadores del mes de febrero de 2020 (anterior TC2).

f.  Para el caso de que al menos el 50% de la plantilla de trabajadores por cuenta ajena sean mujeres, relación de trabajadores y trabajadoras de la empresa con indicación del DNI.

 

Fuente: Ayuntamiento de Lasarte-Oria